Amira
El linaje Amira (registrado en las fuentes históricas, protocolos notariales y padrones de hidalguía bajo las variantes tradicionales d'Amira, de Amira, o en sus formas romances arcaicas Ameira, Amezra y Almira) constituye una singular, distinguida y preclara estirpe de la antroponimia hispánica, caracterizada por presentar una doble vertiente genealógica e histórica plenamente diferenciada: por un lado, una rama meridional y levantina de raíz antroponímica andalusí y mozárabe radicada con rancia solera en el Reino de Valencia y el Reino de Murcia; y, por otro lado, un solar primitivo septentrional de matriz toponímica y botánica en la Cornisa Cantábrica y el País Vasco, proyectando sus casales armeros, ricas heredades alodiales y ramas de patriciado concejil hacia la corte de Madrid y los virreinatos del Nuevo Mundo a lo largo de la Baja Edad Media y la Edad Moderna.
El origen de este linaje se articula a través de dos corrientes onomásticas e históricas independientes:
Origen Antroponímico Levantino (Árabe / Mozárabe): Representa la corriente de mayor densidad histórica en el arco mediterráneo peninsular; procede directamente del nombre propio y dignidad honorífica andalusí Amīr («comandante», «príncipe», «gobernante» o «señor del mando»), adaptado al romance con la terminación colectiva o femenina Amira; tras la definitiva reconquista del Reino de Valencia en el siglo XIII por Jaime I el Conquistador y la pacificación de las fronteras castellano-aragonesas, familias de arraigo mudéjar y mozárabe plenamente integradas en la nueva sociedad foral cristiana consolidaron este ilustre apelativo como apellido patronímico hereditario de solar y condición conocido (de Amira / Amira), asentándose de forma primordial tras los repartimientos medievales en las comarcas del sur del Reino de Valencia —con señaladísima presencia en la Vega Baja del Segura (Orihuela) y en los valles del Vinalopó (Elche, Novelda y Elda)—, así como en las demarcaciones limítrofes del Reino de Murcia (Murcia capital, Cieza y Abanilla), integrando el estamento de terratenientes agrícolas alodiales, escribanos y oficiales del gobierno concejil.
Origen Toponímico Septentrional (Vasco / Cantábrico): Con total independencia del tronco mediterráneo, se documenta en el norte peninsular un primitivo solar hidalgo de etimología éuscara derivado de la voz vasca amira, amezra o ametza («el quejigo», «el rebollo» o roble melojo, Quercus pyrenaica), alusivo a una casa solariega o casona de infanzonía emplazada junto a un robledal o bosque de quejigos; los caballeros de este solar septentrional sirvieron en las mesnadas reales de la Reconquista, pasando vástagos de esta estirpe a las guerras del sur peninsular.
Etimológicamente procede de dos raíces lingüísticas autónomas: en su vertiente levantina, deriva de la raíz semítica hispano-árabe '-m-r (vinculada al mando, la prosperidad y el gobierno), dando lugar a Amīrah («princesa», «noble dama» o linaje de los emires); en su vertiente septentrional, remonta a la raíz protovasca amez- (que designa al roble quejigo), acompañada del sufijo locativo -ra / -ira («lugar de quejigos» o «robledal»), asimilándose en la documentación romance bajo la grafía Amira; en los protocolos notariales de los siglos XVI y XVII del levante y Murcia, el apellido se mantuvo con regularidad bajo la forma llana Amira, conviviendo ocasionalmente en la fonética escribanil con la variante Almira, consolidándose como un cognomento patronímico hereditario inalterable de linaje, solar y armas conocido.
Históricamente se distribuyó por la provincia de Alicante (con epicentro señorial en la comarca de la Vega Baja del Segura, Orihuela, Elche, Novelda, Elda y Alicante capital), el Reino de Murcia (Murcia capital, Cieza, Jumilla, Lorca y comarca del Segura), el Reino de Valencia (Valencia capital y comarcas de l'Horta), la Corona de Castilla (con solares hidalgos en el País Vasco y Cantabria), la villa y corte de Madrid, y, a partir de las corrientes de navegación indiana de los siglos XVII y XVIII, en diversos virreinatos americanos (Virreinato de Nueva España, Perú y el Río de la Plata); en las villas levantinas y murcianas, los Amira formaron parte de la pequeña nobleza rural y del patriciado civil, ostentando la titularidad de ricas heredades alodiales de huerta, bancales de regadío, censos y patronatos píos; en la actualidad es un apellido de notable interés onomástico, rancia solera y escasa frecuencia demográfica en España, conservando una extendida y documentada presencia en la Comunidad Valenciana, la Región de Murcia y Cataluña.
A lo largo de la Edad Moderna, los miembros de la casa de Amira mantuvieron una continuada y calificada ejecutoria en el servicio de las armas, la representación estamental y la justicia civil:
Para salvaguardar su condición hidalga y la posesión franca de sus heredades frente a los repartimientos fiscales, miembros de las diferentes ramas del linaje acudieron ante las autoridades de la Real Audiencia de Valencia y la Sala de los Hijosdalgo de la Real Chancillería de Granada para justificar su legitimidad de cuna, nobleza de sangre e incompatibilidad de pechos, obteniendo testimonios y ejecutorias que blindaron su fuero nobiliario y su exención absoluta del pago de pechos ordinarios, alcabalas y monedas foreras.
En los concejos de Orihuela, Elche, Murcia y villas del Vinalopó, miembros del linaje desempeñaron secularmente oficios del estamento civil y noble, tales como jurados (jurats), consellers, justicias ordinarios, alcaldes de la santa hermandad, regidores y procuradores síndicos.
En el plano militar foral, caballeros de esta estirpe integraron las compañías de milicias concejiles y de caballería de la costa, participando activamente en la vigilancia de las torres albarranas y atalayas de la marina alicantina frente a los desembarcos de corsarios berberiscos.
Probaron rigurosamente su legitimidad de sangre y cristiandad vieja ante las autoridades eclesiásticas de las diócesis de Orihuela y Cartagena para fundar capellanías familiares dotadas con rentas alodiales de sus fincas de huerta, así como para ejercer cargos de familiares y notarios del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición en los distritos de Murcia y Valencia.
El linaje cuenta con una sólida y continuada constancia documental en el Archivo del Reino de Valencia (secciones de Gobernación, Bailía General y Procesos de Hidalguía); en el Archivo General de la Región de Murcia (fondos de Protocolos Notariales y Concejos de los siglos XVI al XVIII); en el Archivo Histórico de la Ciudad de Orihuela y el Archivo Municipal de Elche (con censos de propietarios agrícolas y libros de acuerdos capitulares); en el Archivo de la Real Chancillería de Granada; en la Sección de Inquisición del Archivo Histórico Nacional (Madrid); en el Archivo General de Indias (Sevilla); y en los libros sacramentales de bautismos, matrimonios y defunciones de las parroquias históricas de la Catedral del Salvador de Orihuela, Santa María de Elche y la Catedral de Murcia desde el siglo XVI.
Entre sus personajes más destacados figuraron los hacendados y propietarios que roturaron y ordenaron los términos agrícolas del Vinalopó y del bajo Segura en los siglos XV y XVI; jurados y justicias que gobernaron los concejos forales levantinos durante los siglos XVI y XVII; capitanes de milicias concejiles que prestaron distinguidos servicios en la defensa costera del levante; dignidades eclesiásticas y beneficiados que instituyeron memorias de misas y aniversarios píos dotados con censales alodiales; y letrados y escribanos reales que dieron fe pública ante los juzgados y audiencias del reino.
En su estatus nobiliario, la casa gozó de la consideración jurídica de ciudadanos de condición distinguida, miembros del estamento militar foral en el Reino de Valencia y de solar de hidalguía de sangre notoria en la Corona de Castilla, amparada en los Furs de Valencia y las Leyes de Castilla. Sus miembros ostentaron exención de cargas serviles y tributos pecheros, disfrutando de fuero privativo civil y militar, del derecho al uso de armas y espada noble, y del acceso reservado a los oficios concejiles de honor; las declaraciones y sentencias forales ratificaron secularmente su calidad de solar conocido y el legítimo uso de sus insignias heráldicas.
Sus casas solares, casales y caserones armeros principales radicaron originariamente en los casales de infanzones del País Vasco y valles cantábricos (para la vertiente septentrional); en las casonas solariegas y haciendas alodiales de la Vega Baja del Segura (Orihuela) y valles del Vinalopó (Elche y Novelda); en las casas principales avecindadas en la ciudad de Murcia; en las casonas hidalgas de la ciudad de Valencia; en las residencias nobles levantadas en la villa y corte de Madrid; y en las ramas establecidas con posterioridad en ultramar (México y Lima).
Su difusión territorial se produjo de manera orgánica siguiendo el curso fértil del río Segura y del río Vinalopó hacia el litoral mediterráneo, enlazando los términos alicantinos con el interior murciano y manchego, canalizándose paralelamente hacia la corte y los puertos de la Carrera de Indias, sellando alianzas matrimoniales con esclarecidas familias de la hidalguía de huerta, del patriciado concejil levantino y de los letrados de fe pública antes de su plena integración en las instituciones modernas de la Corona.
Armas
En campo de plata, un león rampante de gules, sosteniendo entre sus garras una estrella de ocho puntas. de oro.


