Cortes

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Se dio el nombre de Cortes, a partir de la Baja Edad Media, a las asambleas políticas, convocadas y presididas por el rey, en las que participaban los representantes de los distintos estamentos sociales de un Estado, como la nobleza, el clero y las ciudades o delegados de los hombres libres residentes en las ciudades. En el reino de Castilla, 18 ciudades gozan del privilegio de enviar representantes (procuradores) a las Cortes: Burgos, León, Zamora, Toro, Valladolid, Salamanca, Soria, Segovia, Ávila, Guadalajara, Madrid, Cuenca, Toledo, Córdoba, Jaén, Sevilla, Murcia y Granada. Cada una de estas ciudades "de voz y voto" (con representantes y derecho de voto) está a la cabeza de una de las 18 provincias fiscales. El clero y la nobleza no tenían escaño desde 1538; los procuradores son las más de las veces los regidores o veinticuatros. Las Cortes votan los servicios y tienen también una función legislativa. El rey las convoca irregularmente y en la ciudad que quiera elegir. También los otros reinos peninsulares tienen sus Cortes: Aragón desde 1274, Cataluña en 1213, Valencia en 1283, y Navarra. En Aragón las Cortes se reúnen una vez cada dos años y se dividen en cuatro "brazos". En Valencia, cada tres años, y tienen tres "brazos". También en Cataluña las Cortes se reúnen cada tres años y tienen tres «braços»; desde finales del siglo XIII había una «diputació» con delegados de los tres estados; en 1359 la «diputació» tomó el nombre de Generalitat.
 
Fuente: “Diccionario Histórico de la España del Siglo de Oro”, de Annie Molinié-Bertrand. Acento Editorial
"Diccionario de términos de Historia de España -Edad Moderna-" de Justina Rodríguez García-Josefina Castilla Soto. Ariel Practicum